Los certificados de ahorro energético (CAE) son, en general, unos grandes desconocidos para la inmensa mayoría de la gente, pero lo cierto es que permiten, por ley desde 2023 en España, conseguir un buen ahorro siempre que se logren ciertos criterios de ahorro energético. Este ahorro puede incluso llegar a suponer una nueva rebaja en la compra de coches eléctricos gracias a la reciente actualización del catálogo de medidas de eficiencia energética.
La clave para los ciudadanos, gracias al Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético, es que cualquier persona que genere un ahorro de energía puede tener la consideración de Propietario del Ahorro de Energía. Este ahorro puede ser cedido a un tercero, que deberá pagar por ello, y esta tercera entidad será la que podrá vender a su vez ese ahorro a las grandes energéticas.
Qué cambia para el coche eléctrico
Recientemente, la Resolución de 30 de julio de 2026, de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, publicada en el BOE el 4 de agosto, actualiza parcialmente el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética y desdobla la ficha de sustitución de un vehículo de combustión por uno eléctrico en dos: una para personas físicas y otra para entidades.
En el caso de los particulares, la compra de un coche eléctrico puede dar derecho a una remuneración económica si se cumplen algunos requisitos. Según la normativa vigente, es preciso entregar al desguace o vender el vehículo antiguo, que será sustituido por uno 100 % eléctrico de la misma categoría. Y el vehículo eléctrico puede ser nuevo o usado, siempre que cumpla los requisitos y no haya generado CAE anteriormente.
¿Cuál es realmente el ahorro que se consigue con los CAE de particulares que adquieren un coche eléctrico? El importe de referencia que se maneja en el mercado se sitúa en torno a 750 euros y desciende a 450 euros si se achatarra un coche híbrido. El texto de la resolución no fija importes en euros: la cantidad depende de lo que se negocie con el gestor.
La cantidad que se va a recibir por el ahorro realmente es variable y se incrementa entre un 10 % y un 30 % si el coche tenía más de 10 años, según un factor de ponderación por antigüedad. El cálculo tiene en cuenta además los kilómetros anuales, que se pueden acreditar con la ITV o, en su defecto, se fijan en 12.295 km para un turismo.
Requisitos para obtener los CAE
La ficha para personas físicas solo contempla vehículos de las categorías M1, M2, N1 y L, y la sustitución debe hacerse por un vehículo de idéntica categoría. Ambos vehículos deben pertenecer a la misma persona física y el antiguo debe haber estado en propiedad más de dos años, con excepción de los supuestos de renting.
La venta o la entrega al desguace del vehículo sustituido debe producirse entre tres meses antes y seis meses después de la adquisición del nuevo. Además, el vehículo antiguo debe haber tenido la ITV en vigor al menos nueve de los últimos doce meses anteriores a la sustitución.
No se permiten transmisiones entre convivientes. Tampoco se aplica si el eléctrico ya fue beneficiario de CAE, si el vehículo sustituido fue declarado siniestro o si carece de permiso de circulación vigente.
Para acreditarlo, se aportan justificantes de propiedad previa, de la baja del vehículo antiguo –certificado de destrucción o solicitud de cambio de titularidad en la Dirección General de Tráfico (DGT), entre otros– y la factura y el permiso de circulación del eléctrico. También se exige una declaración responsable sobre ayudas públicas, transmisiones y ausencia de uso profesional durante dos años.
Otras actuaciones y cómo cobrar
Los CAE no son nuevos: son viejos conocidos desde que la ley fue aprobada en el año 2023. Desde entonces permiten conseguir ahorro por cada kWh ahorrado en sustitución de ventanas, instalación de aerotermia, mejora del aislamiento, implantación de iluminación LED, renovación de equipos de climatización, etc. No toda sustitución genera automáticamente CAE, sino que se deben cumplir los requisitos técnicos y documentales correspondientes fijados en la ley.
La ley no establece un precio fijo para cada CAE que se venda, de modo que el Propietario del Ahorro de Energía deberá revisar el mercado en busca de gestores autorizados para intentar conseguir el mejor precio. En cuanto a los precios, los particulares pueden conseguir en torno a 10 céntimos de euro por cada kWh ahorrado, de forma que, si se consigue un ahorro de 10.000 kWh, se tendría derecho a una compensación económica de 1.000 euros.
Eso sí, el pago es puntual, no es un pago sostenido en el tiempo. Un particular puede generar ahorro, pero no puede venderlo por su cuenta a las eléctricas: tras generar el ahorro y comprobar que cumple con los requisitos de los CAE, debe contactar con una empresa intermediaria. Es con esta entidad con la que debe negociar libremente la compensación económica que recibirá por sus CAE.
Una vez cedidos los derechos sobre el ahorro, se recibirá la compensación. Conviene guardar toda la documentación relativa a estas actuaciones por si se producen inspecciones posteriores.
Los CAE son una gran oportunidad que la población en general desconoce. Afortunadamente, el sistema permite que no solo estén reservados a grandes empresas e industria, sino que ahora también los particulares y pequeños negocios pueden hacer valer sus actuaciones que generen ahorro.
La ley contempla además que se pueda reclamar el dinero con posterioridad a la actuación que generó el ahorro. Esta actuación debió hacerse con posterioridad al 26 de enero de 2023 y debe cumplir con los requisitos. En este caso, si se tiene derecho a la compensación, se puede generar un certificado que confiere derecho a cierto número de CAE que caduca a los 3 años de finalizada la obra o actuación, con límite el 31 de diciembre de 2030.
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