La protección al medio ambiente tiene su fundamento en el artículo 45 de la Constitución Española, en el que se establece el derecho a disfrutar del medio ambiente, así como el deber de conservarlo por parte de todos, y la necesidad de establecer sanciones para el que no cumpla con este cometido.
La Constitución española de 1978, en su título I, capítulo tercero, proclama que “todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona”, pero también “el deber de conservarlo”.
Es función de los “poderes públicos” velar por “la utilización racional de todos los recursos naturales” apoyándose en “la indispensable solidaridad colectiva”.
“Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado”, concluye.
Pero la Constitución Española solo establece los principios rectores de la política medioambiental. A partir de aquí existe una extensa amalgama de leyes y de competencias, que sobre este aspecto están repartidas entre el Estado central, las diferentes Comunidades Autónomas e incluso los municipios
El Estado central tiene competencias en campos muy concretos, pero son las Comunidades Autónomas las que más tienen que decir en este aspecto. Todas y cada una de ellas disponen de competencias para legislar en esta materia, siempre y cuando éstas no colisiones con las disposiciones normativas básicas del Estado.
Actualidad sobre el medio ambiente por localidades
En cuanto a los municipios, todos ellos tienen algún tipo de competencia sobre medio ambiente, aunque sean muy pequeños, ya que pueden tener atribuciones en materia de basuras y gestión de residuos, e incluso en materia forestal, dependiendo de su tamaño.
Por último, la Unión Europea (UE) también tiene mucho que decir en cuanto a Sostenibilidad. Sus fondos son vitales para hacer cumplir unas leyes y políticas medioambietales que están entre las más estrictas de todo el mundo. Sus prioridades, que apoyan con campañas plurianuales, son proteger y mejorar el capital natural en toda la UE, convertirla en un área eficiente y de bajas emisiones y proteger la salud y el bienestar de sus ciudadanos.
La principal legislación en cuanto a medio ambiente de la UE la encontramos en los artículos 11 y 191 a 193 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y se basa en los principios de cautela, prevención, corrección de la contaminación en su fuente y "quien contamina paga".