Ecologistas en Acción ha lamentado que el juicio contra la antigua cúpula de Sniace por los vertidos contaminantes al río Saja-Besaya se vaya a celebrar 16 años después del “desastre ambiental”, al haberse fijado la repetición de la vista oral a partir del lunes 13 de abril en Santander, una demora que, a juicio del colectivo, evidencia las carencias de un sistema judicial que pierde eficacia cuando la respuesta llega demasiado tarde ante daños de gran magnitud sobre el medio natural.

 

Una justicia tardía

 

Tras conocerse el señalamiento de la nueva vista, Ecologistas en Acción ha afirmado que la Justicia “llega 16 años tarde a un desastre ambiental de 50 millones de euros”, en referencia tanto al tiempo transcurrido desde los hechos como a la reclamación de indemnización planteada por los daños al Dominio Público Hidráulico.

Para la organización, el proceso abierto no solo juzga un presunto delito contra el medio ambiente, sino que también “pone de manifiesto las graves carencias estructurales” de un sistema judicial que, por su lentitud, “corre el riesgo de volverse inoperante”. En su análisis, la demora acaba afectando no solo a la resolución del caso, sino también a la credibilidad de la respuesta institucional.

En un comunicado, el colectivo ha expresado su “profunda preocupación” por el tiempo transcurrido –más de 15 años– entre la realización de los vertidos y la celebración del juicio, una demora que ha estado, según ha señalado, “plagada de circunstancias no habituales”, entre ellas la sucesión de recursos, la anulación de una sentencia, la apertura de un expediente al magistrado que había enjuiciado los hechos o su reciente jubilación.

A juicio de la organización ecologista, esta “dilación indebida” no constituye un episodio aislado, sino el síntoma de una maquinaria administrativa y judicial que, cuando se trata de delitos de cuello blanco o de agresiones al patrimonio natural, parece avanzar con una inercia distinta. Esa apreciación enlaza con la idea de que la lentitud no es solo una disfunción técnica, sino una anomalía con consecuencias prácticas.

Por eso, Ecologistas en Acción ha advertido de que cuando una sentencia llega casi dos décadas después, “el efecto disuasorio de la ley desaparece y el descrédito de las instituciones aumenta”. En su valoración, una respuesta judicial tan tardía desdibuja la capacidad del sistema para prevenir nuevas vulneraciones de la normativa ambiental.

 

Carencias del sistema

 

La organización ha alertado además de que la “complejidad técnica” de los procesos ambientales, unida a la “escasez de medios especializados” en la instrucción, genera “un escenario de inercia procesal” en el que los tiempos se dilatan hasta “rozar la desprotección del bien común”. Con ello, el colectivo pone el foco en los obstáculos estructurales que, en su opinión, dificultan el avance de este tipo de causas.

Según ha lamentado, esa falta de agilidad administrativa termina operando, en la práctica, “como un atenuante que beneficia exclusivamente a quienes vulneran la normativa vigente”. La crítica no se dirige únicamente a los retrasos acumulados, sino al efecto que esos retrasos tienen sobre la eficacia real del procedimiento judicial.

Ante unas “carencias” que, según sostiene, permiten que procedimientos de esta magnitud queden “olvidadas en los cajones de los juzgados”, Ecologistas ha considerado “urgente” dotar de mayores recursos técnicos y humanos a las fiscalías de medio ambiente y agilizar la toma de decisiones. El objetivo, ha defendido, debe ser evitar que la Justicia se convierta en “un trámite tardío que solo certifica daños ya irreparables”.

En esa misma línea, el colectivo ha aseverado que el sistema judicial no puede permitirse estos tiempos de respuesta si pretende actuar como “un muro de contención eficaz” frente a la degradación del patrimonio natural. Su planteamiento sitúa el caso de Sniace como ejemplo de un problema más amplio sobre la capacidad institucional para responder a los atentados medioambientales.

La nueva vista oral se celebrará en la Plaza 2 del Tribunal de Instancia del partido judicial de Santander, después de que la anterior tuviera lugar en el Juzgado de lo Penal número 2 presidido por su titular, el juez José Hoya Coromina, actualmente jubilado. Las sesiones se desarrollarán durante dos semanas y comenzarán a las 9.00 horas a partir del día 13.

 

El recorrido judicial

 

Los hechos ya fueron enjuiciados por primera vez en febrero de 2021. Meses después, en septiembre de ese año, el juez Hoya Coromina dictó sentencia y condenó al expresidente de Sniace, Blas Mezquita, a otros seis antiguos consejeros de la empresa –Jesús Manuel Zaballa, Manuel Huerta, Antonio Temes, Víctor Guzmán, Julio A. García y Juan Yago– y al entonces jefe de operaciones de la fábrica, José Francisco González.

En aquella resolución, el entonces jefe de operaciones fue considerado autor penalmente responsable de un delito contra el medio ambiente, mientras que los anteriores lo cometieron por omisión. No obstante, sobre todos recayó la misma pena: tres meses y medio de cárcel, además de siete meses de inhabilitación para actividades relacionadas con vertidos al medio natural.

Junto a esas penas, los condenados fueron obligados también a indemnizar a la Confederación por el perjuicio causado, con la empresa como responsable civil subsidiaria. Esa reclamación mantiene una especial relevancia porque, como ha subrayado Ecologistas, sobre la mesa sigue figurando una petición de indemnización por daños al DPH que asciende a casi 50 millones de euros.

Sin embargo, el proceso dio un giro en octubre de 2022, cuando la Audiencia Provincial de Cantabria anuló la sentencia de instancia –que aplicaba la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas– y ordenó completar la prueba. Para ello, reclamó la citación como testigos de Francisco Martín, consejero de Medio Ambiente del Gobierno regional en el momento de los hechos, y de Miguel Gómez de Liaño, que también formó parte del Consejo de Administración de Sniace.

La declaración de ambos debía practicarse ante el mismo juzgado para que volviera a dictarse la sentencia de instancia valorando las nuevas testificales, la prueba de descargo y el resto de pruebas ya practicadas. No obstante, en enero de 2023, el entonces todavía magistrado de lo Penal 2 ratificó su fallo pese a que había sido anulado por el tribunal y sin haber practicado las testificales requeridas.

Esa actuación motivó nuevos recursos de los exconsejeros. Posteriormente, la misma Sala –la Sección Primera de la Audiencia Provincial– examinó las apelaciones y las estimó en parte, al acordar la anulación parcial del juicio y de la sentencia con el fin de completar la prueba y dictar una nueva resolución.

Además, los magistrados acordaron remitir al Consejo General del Poder Judicial copia de la sentencia y de las dos anteriores para poner en conocimiento del órgano de gobierno de los jueces la actuación del titular de lo Penal 2 de Santander, por si hubiera incurrido en algún tipo de responsabilidad.

En paralelo, Ecologistas en Acción ha advertido de las “dificultades” que entraña gestionar una indemnización de esa cuantía en el actual escenario de liquidación y proceso concursal de la empresa, que se encuentra ya avanzado. A ojos del colectivo, ese contexto añade incertidumbre a la efectividad de una eventual reparación económica y refuerza la idea de que el tiempo transcurrido ha agravado las consecuencias de los hechos.