El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este jueves que los animales de compañía no están excluidos del concepto de "equipaje" en el convenio internacional que se aplica al transporte aéreo y, por tanto, no cabe obligar a las aerolíneas al pago de una indemnización adicional por pérdida de una mascota que se sume a la compensación estipulada por ley en el caso de extravío de un equipaje.

Rechazo por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)

El presidente de la Real Sociedad Canina de España (RSCE), José Miguel Doval, ha transmitido su rechazo por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) 

Por tanto, no cabe obligar a las aerolíneas al pago de una indemnización adicional por pérdida de una mascota que se sume a la compensación estipulada por ley en el caso de extravío de un equipaje. "Un perro no es una cosa, no es un bulto, no es una maleta, es un ser vivo", ha señalado Doval.

El dictamen responde al caso de una pasajera de un vuelo de Iberia entre Buenos Aires y Barcelona en octubre de 2019, cuya mascota tuvo que viajar en la bodega dentro de su correspondiente transportín, pero desapareció durante su traslado al avión.

Para el presidente de la RSCE, la resolución como "un paso atrás en la lucha que muchas organizaciones, entre ellas la RSCE, llevamos impulsando para que los animales tengan una carta de derechos propia del siglo XXI y que contemple el impacto que los animales tienen en la vida de millones de personas".

"Mensajes como este demuestran la poca sensibilidad que aún hoy tienen algunas personas e instituciones hacia los animales"

A su vez, ha incidido en que "mensajes como este demuestran la poca sensibilidad que aún hoy tienen algunas personas e instituciones hacia los animales, y lo que es peor, pueden ser utilizados por aquellos grupos que no quieren que los animales vean mejorados y reconocidos sus derechos".