La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado este 21 de abril de 2026 que llamar “secta destructiva” a los Testigos de Jehová no constituye un delito ni vulnera su derecho al honor, al considerar que se trata de una expresión protegida por la libertad de expresión, en una resolución que respalda decisiones judiciales previas y que ha motivado el anuncio de recurso por parte de la confesión religiosa.

 

 

Aval judicial a la expresión

 

El tribunal sostiene que el calificativo “secta destructiva” se encuadra dentro de un juicio de valor y no de una afirmación de hechos verificables, lo que resulta determinante para su encaje dentro de la libertad de expresión. Según la sentencia, este tipo de manifestaciones deben analizarse en su contexto, especialmente cuando se producen en el marco de un debate público.

La resolución incide en que el uso de este término no implica por sí mismo la atribución de conductas delictivas, sino que constituye una opinión subjetiva que, aunque pueda resultar controvertida, está protegida por el ordenamiento jurídico. En este sentido, el tribunal recuerda que la libertad de expresión incluye también aquellas ideas que pueden resultar molestas o incómodas.

Asimismo, la Audiencia subraya que en una sociedad democrática debe existir un margen suficiente para la crítica a organizaciones con proyección pública. Este margen abarca incluso expresiones duras, siempre que no se traduzcan en acusaciones concretas sin base o en la difusión de hechos falsos presentados como ciertos.

El fallo también insiste en que la protección de la libertad de expresión es especialmente relevante cuando se abordan cuestiones de interés general, lo que refuerza el alcance de este derecho frente a posibles limitaciones derivadas del derecho al honor.

 

Rechazo y recurso anunciado

 

Los Testigos de Jehová han mostrado su rechazo a la sentencia y han anunciado que recurrirán el fallo, al considerar que la resolución vulnera su derecho al honor y afecta a su reputación como confesión religiosa.

Desde la organización sostienen que la utilización del término “secta destructiva” contribuye a generar una estigmatización social y puede tener consecuencias negativas para sus miembros en distintos ámbitos, tanto personales como profesionales. En este contexto, defienden que se trata de una religión reconocida legalmente en España.

La confesión ha señalado que continuará utilizando las vías legales disponibles para defender sus derechos fundamentales, en particular su honor y su libertad religiosa, y revertir una decisión que consideran perjudicial para su imagen pública.

 

Origen del litigio

 

El caso tiene su origen en una demanda interpuesta por los Testigos de Jehová contra la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová, representada por el letrado Carlos Bardavío, que defendió el uso del término “secta destructiva” en el marco de la libertad de expresión.

El procedimiento ha pasado por distintas instancias judiciales hasta llegar a la Audiencia Provincial de Madrid, que ahora confirma el criterio sostenido previamente por otros tribunales. La resolución no entra a valorar si la calificación es objetivamente correcta, sino que se centra en determinar si su uso vulnera derechos fundamentales.

En este sentido, el tribunal concluye que prevalece la libertad de expresión frente al derecho al honor en el caso analizado, en línea con una jurisprudencia consolidada que otorga un amplio margen a la expresión de opiniones en asuntos de interés general.

El fallo se inscribe en una tendencia judicial que prioriza la protección del debate público, especialmente cuando se trata de entidades con proyección social, y podría tener implicaciones en futuros casos relacionados con la crítica a organizaciones religiosas o ideológicas.

La decisión refuerza así el criterio de que los juicios de valor –incluso los más polémicos– forman parte del espacio protegido por la libertad de expresión, siempre que no se presenten como hechos ni supongan imputaciones concretas carentes de base, consolidando una interpretación que previsiblemente seguirá marcando resoluciones futuras en este ámbito.