Nos hemos acostumbrado a leer en los medios generalistas cómo las empresas industriales, de la economía tradicional, pagan muchísimos más impuestos que las empresas tecnológicas.

Este hecho se explica porque a lo largo de los años, e incluso a lo largo de los siglos, los esquemas tributarios se han ido adaptando a la economía industrial y la de los servicios. Pero con la irrupción, hace poco menos de 20 años, de la economía digital, el legislador no ha sabido adaptar los enfoques tributarios para congeniar con estos nuevos modelos de negocio.

De ahí que sean muchos los que apuntan hacia un necesario cambio de paradigma tributario tanto a nivel nacional como internacional para adaptarlo a la economía digital.

 

Un poco de contexto

 

Han habido varias iniciativas al respecto a lo largo de diferentes legislaciones internacionales, pero la mayoría, por no decir todas, han ido fracasando.

Sólo por citar un par de ejemplos, en Francia, en 2011, los órganos legislativos aprobaron un impuesto sobre la publicidad en línea. No obstante, incluso habiendo sido aprobado por el Senado y la Asamblea Nacional, el gobierno lo retiró antes de que entrase en vigor.

Una situación similar sucedió a nivel europeo con la tasa Google, a través de la cual se instaba a los Estados miembros de la UE a implantar un impuesto sobre servicios digitales. Sin embargo, esta directiva enfrentó críticas y presiones de diversos sectores, incluyendo empresas, académicos e incluso el Gobierno de los Estados Unidos, debido a sus deficiencias y dificultades de supervisión.

Ante la oposición de los países del norte de la UE y las presiones diplomáticas recibidas, la UE finalmente renunció a su implementación obligatoria en todos los Estados miembros.

 

Adaptación a lo digital

 

Estos fracasos evidencian que se necesita un cambio de paradigma tributario para adaptar la fiscalidad a la economía digital y, en general, a la economía del conocimiento.

En este sentido, hay quien defiende que el uso de plataformas gratuitas como Google, Facebook, etc. puede verse como un trabajo no remunerado donde percibimos una renta del trabajo –el acceso a la plataforma– a cambio de nuestros datos de navegación. Aceptar esta premisa conllevaría tener que gravar a los individuos que usamos estas plataformas a través del impuesto sobre la renta de las personas físicas por estas rentas del trabajo.

En 2020 propuse un nuevo modelo basado en el IVA (impuesto sobre el valor añadido) e inspirado en una resolución del año 2015.

En esa resolución, el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) instaba a una entidad financiera a autoliquidar el IVA devengado por las entregas a sus clientes de mantelerías, cuberterías o pequeños electrodoméstico como premios por la realización de determinadas operaciones financieras (depósitos, imposiciones…). Así, si una entidad financiera da un regalo a un cliente debe ingresar el IVA correspondiente en las arcas públicas, pues Hacienda no debe verse perjudicada en la recaudación de dicho impuesto.

Considerando esta resolución del TEAC, también podemos calificar el acceso gratuito a las plataformas como un regalo de las grandes empresas tecnológicas a cambio de los datos de navegación. En consecuencia, por cada uso que se hace de ellas –una búsqueda en Google, un mensaje de WhatsApp, una foto subida a Instagram, etcétera– las empresas se deberían autoliquidar un IVA que, a continuación, deberían ingresar a Hacienda.

 

Determinados servicios digitales

 

Para gravar la economía digital, España ha apostado por la aplicación del impuesto sobre determinados servicios digitales (IDSD) ideado por el Consejo de Europa, aunque este lo descartó para su aplicación en la UE.

Aprobado a finales de 2020 para entrar en vigor en 2021, se estimó una recaudación anual por este impuesto de 968 millones de euros. Sin embargo, en abril de 2020 la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIRef) redujo esa cifra a 542 millones de euros debido a la incertidumbre y la dificultad de inspección del nuevo impuesto.

Finalmente, la recaudación real para 2021 fue de poco más de 250 millones de euros, menos de lo estimado inicialmente. En cambio, para 2022 la estimación fue de 225 millones de euros, un 10 % menos que el año anterior y la recaudación final fue de 278 millones de euros. La previsión de ingresos para 2023 y 2024 (presupuestos prorrogados) es de 285 millones de euros, aunque aún no hay publicados datos reales de recaudación.

En definitiva, podemos apreciar que la tributación de la economía digital es compleja. Diversas instituciones políticas, incluidos el Consejo de Europa y la OCDE, han intentado fijar un modelo y han fracasado. Por tanto, queda muy patente la necesidad de un cambio de paradigma para gravar de forma justa y equitativa, de acuerdo con los principios constitucionales, la industria digital.The Conversation