La Comisión Europea llevará a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) por la mala situación del aire en varios núcleos urbanos españoles, en especial Madrid, Barcelona y Baix Llobregat, tras constatar que no ha tomado las medidas urgentes que se le exigían para atajar los altos niveles de contaminación.

"Los datos más recientes sobre la calidad del aire ofrecidos por España confirman el incumplimiento sistemático de las normas europeas sobre los niveles de dióxido de nitrógeno (NO2), reglas que son legalmente vinculantes desde 2010", ha explicado en una rueda de prensa en Bruselas el comisario de Medio Ambiente, Asuntos Marítimos y Pesca, Karmenu Vella.

El paso de llevar a España ante los tribunales se formalizará este jueves mediante un procedimiento escrito por el que el Ejecutivo comunitario adoptará el paquete mensual de infracciones. Sin embargo, "la decisión política está tomada" después de la discusión que tuvo lugar ayer miércoles en el Ejecutivo comunitario, según han precisado estas fuentes comunitarias.

Precisamente, el viernes pasado el Ministerio de Asuntos Exteriores comunicó esta situación a uno de los ayuntamientos afectados, el de Madrid, en plena polémica por su decisión de buscar un modelo alternativo a Madrid Central, una de las medidas que contiene el Plan A de Calidad del Aire aprobado por el Gobierno local en la anterior legislatura y que sirvió en su momento para tener paralizado el expediente abierto a España por esta cuestión.

Una vez comunicada esta decisión al Gobierno central, que pidió "confidencialidad" a los consistorios afectados, el Ejecutivo comunitario, que ya había mostrado su "preocupación" días atrás, aprobará este jueves el próximo paquete de expedientes de infracción.

La Comisión Europea ha llevado ya ante el TUE a Alemania, Francia, Italia y Reino Unido por casos similares, pero el 17 de mayo de 2018 decidió parar el expediente de España en su última fase y evitó así llevarlo ante la Justicia europea, según informó en su momento el comisario de Medio Ambiente Karmenu Vella.

Meses antes la Comisión había abierto el procedimiento de infracción a España y otros ocho países entre los que figuran República Checa y Eslovaquia que también se libraron en mayo del año pasado de la intención de demanda por incumplir los niveles de NO2. Los tres países disponían de un plazo para presentar medidas adicionales "creíbles, a tiempo y efectivas" para acabar con la mala calidad del aire. En su momento Vella indicó en rueda de prensa que las medidas que los tres Estados miembro preveían parecerán ser "las adecuadas para hacer frente a las carencias detectadas, siempre y cuando se ejecuten correctamente".

En concreto, el expediente abierto a España afectaba las ciudades de Madrid y Barcelona, incluyendo el extrarradio de esta última, pero Bruselas también ha expedientado a Avilés (Asturias) y a la localidad de Villanueva del Arzobispo (Jaen).

En aquel momento, el Ejecutivo comunitario informó de que suspendía el proceso porque el paquete de medidas presentado por España para corregir la situación en la capital, que incluía la puesta en marcha de Madrid Central, era suficiente para "hacer frente a las carencias detectadas siempre y cuando se ejecuten correctamente".

Posteriormente, el comisario envió una carta al Gobierno alarmado por los niveles de contaminación registrados y avisando de que esperaba que se tomaran con urgencia medidas adicionales.

Tras esta situación, el Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) pidió al Ayuntamiento de Madrid y al área metropolitana de Barcelona que colaboraran en la adopción de medidas adicionales para mejorar la calidad del aire tras el nuevo aviso de Bruselas y mostró "preocupación" por la situación.

Desde el Consistorio de la capital, el delegado de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, ha asegurado que trabajan para evitar que España sea sancionada y que expertos en derecho comunitario les han comunicado que el proceso para ser multado tiene un recorrido, durante el cual el Ayuntamiento presentará sus nuevas medidas alternativas a Madrid Central, el punto estrella del Plan A de Madrid.

Según han explicado a Europa Press fuentes del Ministerio para la Transición Ecológica, desde que la Comisión decida si inicia el expediente hasta que se emita la primera sentencia declarativa podría pasar entre un año y año y medio.

En ese tiempo, la Comisión Europea seguirá monitorizando a España las medidas que adopta y, en ese plazo, incluso podría cerrar el expediente, ya que una vez que se declara la sentencia se da un plazo al Estado miembro para que ponga en marcha las medidas pertinentes para cumplir la ley.

De acuerdo con el procedimiento comunitario habitual,  la formalización de la demanda puede llevar semanas o meses antes de su presentación al Tribunal de la Unión Europea.

A partir de ahí, el tribunal emitirá la sentencia declarativa y aunque no hay un plazo fijo, la media hasta que dicte el fallo es de unos 18 meses. Si entonces el TUE condena a España al considerar que incumple la normativa de calidad del aire, será cuando la Comisión decida los siguientes pasos.

De ese modo, se abriría un nuevo plazo en el que se daría a España un nuevo plazo para que corrija la situación. En ese tiempo, si España no accede a actuar la Comisión podría decidir abrir un nuevo expediente y es entonces cuando llevaría a España de nuevo al Tribunal para pedirle una multa. Sería entonces el TUE el organismo que finalmente adoptaría la presunta sanción.

Tres o cuatro años antes de la multa

Para llegar a ese punto, según fuentes ministeriales, si el caso vuelve al Tribunal de Justicia europeo la decisión de este podría demorarse otro año o año y medio, lo que en definitiva implica que desde el anuncio de hoy hasta que, en su caso, se impusiera una sanción coercitiva, podrían pasar de tres a cuatro años en los que el país tiene la oportunidad de dar la vuelta a la situación y evitarla.

Sobre la cuantía de la sanción el Ministerio desconoce a cuánto podría ascender ya que no se ha producido aún ninguna condena por incumplir los niveles de NO2 a ningún Estado miembro.

Por su parte, el coordinador estatal de Ecologistas en Acción, Francisco Segura, ha comentado a Europa Press la dificultad de estimar a cuánto podría ascender la multa sancionadora ya que hasta la fecha "no hay precedentes" de condena económica a ningún Estado miembro por incumplir la legislación en materia de NO2.

Si bien, de acuerdo con los cálculos de base que se utilizan para otras sanciones estima que si la multa empieza a contar desde que se empezó a incumplir, en 2010, podría alcanzar un valora de unos 2.000 millones de euros, mientras que si comienza a contar desde que se empezaron los primeros avisos la coherción podría quedarse en unos 800 millones de euros. En todo caso, ha añadido que, hasta entonces faltan años por la lentitud propia del procedimiento.

Por último, fuentes comunitarias han comentado que existe "un problema estructural" en materia de calidad del aire que afecta a varios Estados miembro, ya que "no solo" España incumple las reglas europeas.

Greenpeace responsabilizó a los gobiernos de Madrid y Barcelona, que ignoraron el problema de la contaminación negándose a tomar medidas contra los vehículos contaminantes. Pese a que la Directiva 2008/50/UE entró en vigor en 2010, Madrid no implantó su Protocolo Anticontaminación hasta 2015 y Barcelona no lo hizo hasta 2017. En cuanto a las medidas estructurales, ‘Madrid Central’, anunciada en 2014 no vio la luz hasta finales de 2018, mientras que la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona entrará en vigor en enero de 2020. Medidas que, pese a su tardanza, se han demostrado efectivas, tal y como demuestran los resultados de Madrid Central, que ha reducido la contaminación a su valor más bajo en 10 años.