La Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Madrid ha condenado a tres activistas climáticos por un delito de resistencia a la autoridad durante una protesta celebrada el 7 de octubre de 2019 en Madrid para reclamar medidas urgentes frente a la emergencia climática. La sentencia impone una multa de un mes y quince días, a razón de seis euros diarios, una decisión que diversas organizaciones ecologistas, sociales y de derechos humanos rechazan al considerar que la movilización fue pacífica y que los acusados no cometieron ningún delito.
Una protesta climática en Madrid
Los condenados son el poeta, profesor de Filosofía en la Autónoma de Madrid y doctor en Ciencias Políticas Jorge Riechmann Fernández, vinculado a Anticapitalistas y Ecologistas en Acción; Marina Magdalena Martínez, de Extinction Rebellion, y Francisco Alejandro del Pozo Campos, el ingeniero (coordinador de la campaña de Greenpeace contra los combustibles fósiles). Los tres participaron en una movilización convocada por la plataforma 2020 Rebelión por el Clima y Extinction Rebellion.
La protesta reunió a unas 300 personas en el puente situado entre las calles Joaquín Costa y Raimundo Fernández Villaverde, en la capital española. Los participantes realizaron una sentada acompañada de un velero simbólico para exigir una respuesta política ante la crisis ecológica y climática.
Según explican las organizaciones, los manifestantes se retiraron pacíficamente tras los requerimientos policiales. Sin embargo, tres participantes fueron detenidos, una actuación que los colectivos consideran arbitraria y que dio origen al procedimiento judicial resuelto siete años después.
La Sentencia 317/2026, dictada por la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza número 8, considera a los acusados responsables de un delito de resistencia grave a la autoridad, recogido en el artículo 556.1 del Código Penal.
La pena consiste en 45 días de multa, con una cuota diaria de seis euros
El tribunal ha aplicado la atenuante cualificada de dilaciones indebidas, debido a los siete años transcurridos desde los hechos hasta la resolución judicial. La pena consiste en 45 días de multa, con una cuota diaria de seis euros, lo que supone 270 euros por persona.
Las defensas sostienen que los activistas no ejercieron una resistencia constitutiva de delito. Según su versión, los movimientos realizados durante el desalojo respondieron únicamente al intento de evitar lesiones mientras eran retirados por los agentes policiales.
Desde Greenpeace, su responsable del área jurídica, Inés Díez, ha cuestionado la interpretación de los hechos recogida en la sentencia. La organización considera que la protesta fue completamente pacífica y que no concurren los elementos necesarios para apreciar un delito de resistencia a la autoridad.
La protesta fue completamente pacífica y que no concurren los elementos necesarios para apreciar un delito de resistencia a la autoridad.
Díez ha manifestado su desacuerdo con la resolución y ha expresado su confianza en que la Audiencia Provincial de Madrid revise el caso y absuelva a las tres personas condenadas.
Por su parte, Jaime Doreste, abogado portavoz de Ecologistas en Acción, ha advertido de que utilizar el derecho penal contra las acciones directas no violentas supone, a juicio de la organización, una interpretación excesiva de unas normas destinadas a perseguir las conductas más graves contra la convivencia ciudadana.
La absolución de Sagunto como precedente
Las organizaciones han relacionado esta condena con una resolución judicial reciente sobre otra movilización ambiental. El 6 de octubre de 2026, la Sección Penal del Tribunal de Instancia de València absolvió a 11 activistas de Greenpeace juzgados por una protesta celebrada en 2021 en el puerto de Sagunto.
Aquella acción se desarrolló contra un buque de gas y dio lugar a un procedimiento judicial en el que se examinó el alcance del derecho a manifestarse mediante acciones pacíficas.
La sentencia de Sagunto reconoce que una protesta no violenta no constituye por sí misma una alteración de la paz pública y que las molestias derivadas de una movilización no justifican necesariamente limitar el ejercicio de un derecho fundamental
Según destacan los colectivos ecologistas, la sentencia de Sagunto reconoce que una protesta no violenta no constituye por sí misma una alteración de la paz pública y que las molestias derivadas de una movilización no justifican necesariamente limitar el ejercicio de un derecho fundamental.
Las entidades consideran que ambos procedimientos reflejan interpretaciones judiciales diferentes sobre las protestas ambientales. Mientras que en Sagunto se dictó una absolución, en Madrid se ha impuesto una condena por resistencia a la autoridad.
No obstante, se trata de dos procedimientos distintos, con hechos y circunstancias propios. Las organizaciones recurren a la resolución valenciana para defender su interpretación del derecho a la protesta y respaldar la petición de absolución de los condenados en Madrid.
Uno de ellos, Francisco del Pozo, ha criticado que se sancione penalmente una movilización cuyo objetivo era reclamar medidas frente al cambio climático. El activista sostiene que la eliminación de los combustibles fósiles del sistema energético constituye una necesidad para afrontar la crisis ambiental.
Del Pozo también ha defendido la desobediencia civil pacífica como herramienta de participación ciudadana y ha asegurado que las consecuencias judiciales no deben impedir que continúen las reivindicaciones climáticas.
En la misma línea, Jorge Riechmann ha vinculado la defensa del derecho a manifestarse con la necesidad de promover una respuesta social ante el deterioro ambiental.
Proteger las movilizaciones pacíficas resulta fundamental para que la ciudadanía pueda reclamar actuaciones frente a los problemas ecológicos, sociales y políticos que, según advierte, amenazan las condiciones de habitabilidad del planeta
El activista considera que proteger las movilizaciones pacíficas resulta fundamental para que la ciudadanía pueda reclamar actuaciones frente a los problemas ecológicos, sociales y políticos que, según advierte, amenazan las condiciones de habitabilidad del planeta.
Las organizaciones recurrirán la condena
Ante la resolución del tribunal madrileño, las organizaciones ecologistas, sociales y de defensa de los derechos humanos han confirmado que respaldarán los recursos de apelación que se presenten ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Su objetivo es conseguir la absolución de Jorge Riechmann, Marina Martínez y Francisco del Pozo, cuya inocencia mantienen después de conocerse la sentencia.
Los colectivos consideran que el procedimiento plantea una cuestión que va más allá de las circunstancias particulares de los tres condenados: los límites de la intervención penal frente a las movilizaciones ciudadanas pacíficas.
El procedimiento plantea una cuestión que va más allá de las circunstancias particulares de los tres condenados: los límites de la intervención penal frente a las movilizaciones ciudadanas pacíficas
En este sentido, advierten de que recurrir al Código Penal para sancionar determinadas formas de desobediencia civil puede afectar al ejercicio de derechos democráticos fundamentales, especialmente cuando las protestas se desarrollan sin violencia.
Las organizaciones también defienden que la acción directa no violenta constituye una forma legítima de expresar reivindicaciones ambientales y exigir responsabilidades a las instituciones ante la falta de medidas suficientes contra la crisis climática.
La desobediencia civil pacífica representa tanto una herramienta de participación democrática como una respuesta ética ante lo que consideran una actuación institucional insuficiente frente al deterioro ecológico
Desde esta perspectiva, sostienen que la desobediencia civil pacífica representa tanto una herramienta de participación democrática como una respuesta ética ante lo que consideran una actuación institucional insuficiente frente al deterioro ecológico.
La controversia judicial queda así pendiente de la revisión de la Audiencia Provincial de Madrid, ante la que las defensas buscarán revertir la condena y obtener la absolución de los tres activistas.
Mientras tanto, las entidades que respaldan a los condenados reiteran su compromiso con el derecho a la protesta pacífica y mantienen que la defensa del medio ambiente y la exigencia de medidas frente al cambio climático deben poder expresarse mediante movilizaciones ciudadanas.
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