El Ministerio de Sanidad ha lanzado este jueves, 5 de noviembre, una campaña informativa multilingüe dirigida a las personas migrantes que viven en España sin residencia legal, con el objetivo de explicarles cómo acceder a la asistencia sanitaria pública. La iniciativa se enmarca en el real decreto aprobado el pasado marzo para simplificar los trámites y garantizar una aplicación común del derecho a la atención sanitaria en todo el territorio.

 

Información en varios idiomas

 

La campaña, que incluye un vídeo divulgativo, está disponible en las lenguas cooficiales de España, además de rumano, chino, inglés, francés y árabe. Con estos materiales, Sanidad pretende reducir las dificultades de comprensión que pueden impedir a algunas personas conocer sus derechos y los procedimientos para ejercerlos.

La información explica cómo solicitar la cobertura sanitaria y qué documentos permiten acreditar la residencia habitual en España, incluso cuando no se dispone de un certificado de empadronamiento.

 

Atención desde el primer momento

 

No es necesario esperar a que se resuelva el expediente para recibir asistencia sanitaria

Una de las principales novedades de la normativa es que no es necesario esperar a que se resuelva el expediente para recibir asistencia sanitaria. La solicitud puede presentarse directamente en un centro de salud u hospital y permite obtener un documento provisional válido en todas las comunidades autónomas.

Para iniciar el procedimiento se requiere una declaración responsable en la que la persona solicitante manifiesta que no dispone de otra cobertura sanitaria, no puede trasladar ese derecho desde otro país y no existe un tercero obligado a pagar su atención.

El empadronamiento es el medio preferente para acreditar la residencia, pero también se admiten certificados escolares, informes de servicios sociales, facturas de suministros y documentos consulares, entre otros justificantes.

La Administración dispone de un plazo máximo de tres meses para resolver la solicitud. Si no responde dentro de ese periodo, se entenderá estimada por silencio administrativo. Una vez reconocido, el derecho no tendrá fecha de caducidad mientras no se obtenga cobertura por otra vía.

 

Protección de las personas vulnerables

 

La normativa garantiza una protección especial a menores de edad, mujeres embarazadas y víctimas de violencia de género, violencia sexual o trata de seres humanos, independientemente de su situación administrativa y sin exigirles los requisitos generales de acreditación.

También contempla la atención a solicitantes de protección internacional o temporal y mecanismos específicos para personas en situación de especial vulnerabilidad.

Para las personas con discapacidad se establecen formatos accesibles, documentos de lectura fácil y medidas de apoyo que faciliten la realización de los trámites.

Además, las personas beneficiarias recibirán un código de identificación personal del Sistema Nacional de Salud, que permitirá integrar su información clínica en la historia sanitaria común.

La norma mantiene transitoriamente el requisito de acreditar dos años de residencia en España para acceder a las listas de espera de trasplantes, hasta que se apruebe el desarrollo normativo correspondiente

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